Al alquilar una propiedad, muchas personas chocan con el requisito de proporcionar una garantía, para lo que el seguro de caución es la solución. El día de hoy señalaremos cómo hacerse con él.
Tanto los inquilinos como los propietarios tienen diferentes dificultades a la hora de alquilar una casa.
Uno de los problemas recurrentes tiene que ver con la falta de garantías propietarias para alquilar, un departamento, casa, o una oficina, lo que complica a quienes no tienen una propiedad para presentar como garantía.
Afortunadamente, existen otras opciones para ser solvente y poder proceder con los requisitos exigidos para cerrar el contrato: te diremos cómo contratar un seguro de caución en alquiler y olvidarte del problema.
¿Qué es el seguro de caución?
Para aclarar dudas iniciales, comenzamos diciendo que el seguro de garantía es un contrato otorgado por una compañía de seguros y que sirve como garantía para cubrir las pérdidas que puedan surgir luego del incumplimiento por parte del tomador del seguro de ciertas obligaciones (en este caso sería el inquilino).
En otras palabras, protege al propietario si existe un costo que el inquilino tiene que pagar y no afronta.
La aseguradora se compromete a compensar al propietario si el inquilino no cumple con sus obligaciones. El acuerdo proporciona la seguridad de que ambas partes cumplirán con el acuerdo.
Cómo obtener un seguro de caución
El seguro de caución de alquiler es una buena alternativa cuando no tenemos una propiedad de garantía. Aunque en Argentina es una opción bastante nueva, cada vez son más los propietarios que aceptan este tipo de seguro.
Esta solución ayuda mucho a las personas extranjeras, quienes generalmente no cuentan con una propiedad en la ciudad de Buenos Aires o en la provincia para brindar como seguridad.
Además, el seguro de garantía es una buena opción para ambas partes, ya que ambas pueden estar tranquilas cuando se trata de obligaciones financieras.
Para que puedas evaluarlo, revisaremos todos los detalles para que conozcas las formas de asegurar el contrato.

Los requisitos
Ante la imposibilidad de muchos inquilinos de brindar una garantía de propiedad, existen bancos y empresas que ofrecen seguros de caución como alternativa para brindar al propietario una garantía de que el contrato se cumplirá estrictamente.
Los requisitos que normalmente se exigen para obtener un seguro no son demasiado elevados. En general, son fáciles de adquirir. Y tienen la ventaja de no figurar en la lista de fallas.
Para concretar un contrato, las aseguradoras requieren que el solicitante proporcione ciertos documentos y cumpla con algunos requisitos. En general, suelen solicitar:
- DNI: debe presentarse si se trata de una persona física. Si el solicitante es una empresa, se solicitará documentación relativa a la empresa (registro en AFIP, prueba del CUIT y contrato social o estatuto).
- Manifestación de Activos: es una demostración de ingresos. Si es una persona física, se le solicitarán talonarios de pago o comprobantes de monotributo. Si se trata de una empresa, deberá sellar su saldo final en consecuencia.
- Información sobre seguros obligatorios: se solicita el precontrato para que la aseguradora pueda comprobar los ingresos y gastos mensuales. Es importante saber que para acceder a este tipo de seguro, el alquiler no puede superar un determinado porcentaje de los ingresos del asegurado (normalmente alrededor del 30%).
- Revisión y evaluación de la información: la aseguradora es responsable de calificar al solicitante según su historial y antecedentes financieros. Algunas empresas exigen que parte de o toda la documentación esté certificada para su validación.
¿Cuánto cuesta el seguro de caución?
Está claro que el seguro de garantía es una solución para quienes no tienen garantías propias, pero no son baratas. En general, el monto del pago suele incluir un mes y medio de alquiler y un promedio del costo de las expensas.
Se paga antes de alquilarlo en efectivo o en cuotas con intereses, pero en concreto, los costos y requisitos dependen de cada aseguradora o banco.
A medida que aumenta el problema de la falta de una garantía propietaria para alquilar en CABA, el gobierno de Buenos Aires ofrece una alternativa para quienes tampoco pueden acceder a un seguro de caución.
Es el programa de garantía BA que conecta al inquilino con las compañías de seguros que brindan una garantía o seguro de caución con propiedades favorables.
El registro se realiza en el sitio web de Vivienda de La Ciudad y se le notificará en un plazo máximo de tres días si ha sido seleccionado.
A partir de entonces, los requisitos para acceder al programa de garantía BA son los siguientes:
- Ser mayor de 18 años.
- Tener un ingreso familiar total que exceda el equivalente a dos salarios mínimos.
- Demostrar que los ingresos no superen siete salarios mínimos establecidos por ley.
- Tener identificación de nuestro país.
- No tener un historial financiero desfavorable (no estar en el Veraz).
- No estar inscrito en el Registro de Deudores de Alimentos.
- La renta mensual no podrá exceder el 30% del ingreso neto mensual declarado.
Otras alternativas a las garantías propias
La Unión Argentina de Inquilinos (UAI) ha presentado algunas propuestas para que el Estado las tome, pero no han avanzado.
Una de las ideas que está considerando la UAI es crear un fideicomiso de garantía, formado con un alquiler mensual adicional además del alquiler que generalmente se usa como depósito, asignado a una cuenta pública que es de solo $10 millones.
La forma en que se supone que funciona esta idea es muy similar a los sistemas mutuos que solían surgir en la industria aseguradora y de hecho han aparecido en este mercado algunas alternativas poco conocidas, pero solo replican casos exitosos de otros países, un ejemplo de esto es este seguro de garantía de alquileres, una garantía profesional de una aseguradora para asegurar el pago de la renta impaga, una herramienta que se ha utilizado en Brasil durante muchos años varios años y que ha resuelto al menos parcialmente el problema de la fianza en el negocio del alquiler bajo el nombre de «fiança locatícia».